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Las modificaciones del IVA benefician la rehabilitación de viviendas y a las empresas que no logran cobrar sus créditos

El mes de diciembre parece un buen momento para hacer un repaso sobre las novedades que en distintas materias se han producido a lo largo del último año y que afectarán al cierre de cuentas de las empresas. De ahí que el Colegio Oficial de Titulados Mercantiles y Empresariales de Granada haya organizado una serie de jornadas para analizarlas de forma sistemática.

En la primera sesión, de las tres jornadas que bajo el título genérico “Cierre de Cuentas” se celebran en este mes, el turno ha correspondido a las novedades en IVA y Contabilidad. Y es que el año 2010 ha estado algo revuelto en estas materias.

Jornada sobre Cierre de Cuentas (IVA y Contabilidad) 14/12/2010

Así,  a lo largo del ejercicio ha cambiado el tipo impositivo del IVA con las consiguientes implicaciones en el incremento de la tributación para los contribuyentes y también para las empresas; éstas han tenido que reorganizar el funcionamiento de la aplicación de los nuevos tipos. A esto se suma que han aparecido una serie de decretos y normas muy dispersas y poco sistematizadas que tenían por objetivo fomentar la actividad económica.

Por lo que concierne al Impuesto sobre el Valor Añadido una de las manifestaciones más importantes ha sido, en opinión del inspector de la Agencia Tributaria en Granada, Miguel Moreno-Torres,  “la ampliación del concepto de rehabilitación estructural de inmuebles, a fin de incrementar el atractivo de esta actividad por parte del sector inmobiliario frente a la construcción de nuevas viviendas”.  En esta línea el inspector subraya que “el régimen tributario anterior penalizaba la rehabilitación al imposibilitar la deducción del IVA y añadir la obligación del pago del Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales; mientras que en la nueva situación el tratamiento en el IVA está más ajustado a la naturaleza de esa tarea  y posibilita la aplicación de las deducciones que son propias a todas las actividades empresariales, además de evitar la sobrecarga de impuestos en la rehabilitación”.

Otro de los temas analizados por Moreno-Torres ha sido el avance  que supone flexibilizar la posibilidad de rectificar las cuotas de IVA, en los casos en que los empresarios y profesionales que lo habían repercutidos  no logren cobrar sus créditos. Así, “al menos el IVA no se convierte en un coste más, sino que ese cuantía se traslada a la Hacienda Pública, de forma que la gestión del impuesto es neutral para ellos”, explica el inspector de la AEAT. Con esta medida las empresas sólo tendrán que soportar el importe de aquellos créditos que no han logrado reintegrar, puesto que ese riesgo forma parte inherente a su actividad; no el del IVA, que vuelve a la Hacienda Pública por la vía de la rectificación de aquellas facturas en las que se haya producido el incobro.

Por otra parte, el catedrático de Economía Financiera y Contabilidad, Ramón García-Olmedo, ha centrado su intervención en las novedades contables que afectan al cierre del ejercicio 2010. El cambio más importante aparece en un Real Decreto de septiembre pasado que modifica algunos aspectos puntuales del Plan General de Contabilidad. Según explica este experto “cuando se aprobó el PGC hace dos años quedaron a la espera algunos capítulos, tales como las normas de consolidación,  que debían coordinarse con el resto de países de la Unión Europea, una vez superada esa fase, toda nuestra contabilidad queda adaptada a la del resto del continente”.

Jornada sobre Cierre de Cuentas (IVA y Contabilidad) 14/12/2010

Algo similar ocurre con la auditoría, cuya Ley se ha aprobado el pasado verano, para ajustarla a las normas de auditoría internacionales. Los cambios abarcan, “por ejemplo, la responsabilidad civil del auditor que ya no es ilimitada, sino que se gradúa en función de los errores o fallos en que haya incurrido”, señala García-Olmedo. Además, se obliga a las grandes empresas de auditoría a elaborar informes de transparencia y se posibilita el que  los profesionales europeos de este área pueden trabajar en España y españoles en el resto de Europa.

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