201510.01
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La nueva normativa sobre ética e independencia de los auditores refuerza la fiabilidad de sus informes

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Un informe de auditoría no se limita a la comprobación de que los saldos que figuran en las anotaciones contables de la empresa son correctos, sino que incluye una opinión técnica independiente sobre la contabilidad de la empresa auditada y otras circunstancias que, aunque afectan a la vida de la firma, no aparecen en aquellas cuentas. Toda esa información no sólo interesa a la propia compañía, sino que también resulta de utilidad para terceros con los que se relaciona, o se puede relacionar en el futuro, la empresa revisada; de ahí la relevancia pública que adquiere la actividad auditora.

Para armonizar la normativa española con la del resto de estados miembros de la Unión Europea se ha promulgado este año la Ley de Auditoría de Cuentas, que entrará en vigor el próximo año; una norma que refuerza todos los procedimientos sobre ética e independencia de los auditores. Para analizar  los cambios que introduce la Ley, cómo afectan a los profesionales del sector y cómo repercutirán en sus informes, el Colegio de Titulares Mercantiles de Granada ha organizado una jornada de estudio bajo el título “Principios fundamentales de ética e independencia del auditor y objetivos globales del auditor”. Encuentro profesional que ha contado con dos ponentes que ejercen como revisores de Control de Calidad del Consejo General de Economistas (CGE), Miguel Bolumar y David García Vega.

Según explica Bolumar, una de las consecuencia prácticas de la normativa será la de “dejar constancia documental que avale las razones de las conclusiones del informe de auditoría”. Para este experto, esa rigurosidad en el aporte de documentación y constatación de las evidencias en las conclusiones “generará una mayor confianza entre los usuarios de los informes”.

David García, por su parte, sitúa una mayor calidad en los trabajos  como la consecuencia práctica de la introducción de la nueva normativa, que deriva de  “una mayor exigencia de independencia e integridad para los auditores”.

Pero también incrementará la carga de trabajo, desde una perspectiva formal, para los auditores y para la empresa, circunstancia en la que coinciden ambos ponentes. Y es que los requerimientos de la Ley implican que el auditor  comunique al cliente cuáles son las reglas de independencia que rigen en su trabajo; igualmente, se pedirá a la empresa que le informe si pudiera producirse alguna situación que comprometiera la objetividad del auditor debido a la relación de las personas que participan en el trabajo de auditoría con la firma u entidades con ella relacionadas.

También se ha atendido en la jornada de estudio a la gestión del manual de control de calidad con el que están obligados a contar las firmas de auditoría, dado que la introducción de las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) conllevan algunos cambios en su funcionamiento interno.

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