201110.26
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Al blanqueo de capitales también le afecta la crisis inmobiliaria



El magistrado del Juzgado de lo Penal nº 1 de Málaga, Ricardo Puyol, junto al vocal de la Junta de Gobierno del Colegio, Federico Fernández-Crehuet

El magistrado del Juzgado de lo Penal nº 1 de Málaga, Ricardo Puyol, junto al vocal de la Junta de Gobierno del Colegio, Federico Fernández-Crehuet

 

Si hasta el año 2005 en torno al 60% de los capitales procedentes de actividades ilícitas se blanqueaban mediante operaciones inmobiliarias, especialmente en las zonas costeras; la crisis del ladrillo, y la presión judicial y fiscal, entre otros factores, han influido de forma decisiva en que esa vía, relativamente fácil de lavado del dinero sucio, esté en sus horas más bajas.

Pero en estas cuestiones la delincuencia organizada ha agudizado el ingenio y en el caso de la provincia de Granada, Francisco Hernández, fiscal de la Audiencia Provincial de Granada, apunta que “estamos observando casos mucho más cotidianos como el blanqueo de capitales cometido de forma imprudente por ciudadanos que  afectan a presuntas ofertas de trabajo en Internet”. La operativa es sencilla. Llega al ciudadano por su correo electrónico una propuesta para ingresar dinero en la cuenta bancaria propia, un montante que luego se traspasa a otra cuenta, dejando para ese colaborador un porcentaje o cantidad fija por cada transacción. El objetivo es siempre dificultar el rastreo de la circulación de dinero obtenido de forma ilícita. Se trata de cantidades relativamente pequeñas, pero que se multiplican por el número de personas que ejecutan esas operaciones. De esta forma, “las organizaciones criminales se aprovechan de personas de buena voluntad, que intencionadamente no quieren saber, o codiciosas, según los casos, que participan en actividades criminales” subraya Hernández.

La tesis de ligar estas prácticas al lavado de capitales surgió en Granada, según apunta el fiscal, quién también se ha referido a otras operativas habituales de blanqueo en la provincia, “tales como operaciones de estafa en carrusel; ventas ficticias a través de internet;  transferencias de IVA sobre ventas que no se han realizado, especialmente de material electrónico, que se transfiere de un país a otro y se va produciendo un blanqueo de dinero con el IVA soportado; y en casinos virtuales”. Todas ellas analizadas en el Jornada de estudio “Responsabilidad de los profesionales ante el blanqueo de capitales”, que ha organizado el Colegio de Titulados Mercantiles y Empresariales de Granada en colaboración con la empresa Real iD.

Por su parte, Ricardo Puyol, magistrado del Juzgado de lo Penal nº 1 de Málaga, ha centrado su intervención en las modificaciones que ha introducido la LO 5/2010, especialmente en lo que se refiere a la transformación de estructuras de bienes, sobre todo en cambios de titularidad, ya que las ventas sucesivas de un activo patrimonial dificultan el que se conozca el camino que ha seguido ese bien; o el cambio sucesivo desde que el dinero líquido obtenido por una actividad ilícita se transforma en un bien que se adquiere y luego se vende para volver a tomar la forma de dinero. Pero según explica este experto, esas operaciones se han reducido porque también lo ha hecho la liquidez, de forma que “las adquisiciones, tanto de inmuebles como de artículo de lujo, con dinero de procedencia tóxica, viene descendiendo en los últimos años de forma progresiva”.

Puyol también se ha detenido en el análisis de las responsabilidades de profesionales tales como asesores fiscales, auditores de cuentas, abogados, etc. que tienen la obligación de comunicar al Servicio de Prevención de Blanqueo de Capitales operaciones sospechosas. Se trata de unas prácticas tales como, por ejemplo, “que una tienda de ultramarinos facture muy por encima de lo que le correspondería por metraje y actividad,  que sean administradores o gestores de una empresa personas manifiestamente incompetentes para ejecutar esa labor, estructuras societarias complejas, por citar algunos”. En caso contrario, esos profesionales pueden incurrir en un delito imprudente por infracción del deber objetivo de cuidado, aunque no haya intencionalidad en esa actuación.

Para ayudar a estas personas en el ejercicio de su profesión y evitar ese tipo de problemas, la empresa Real iD (www.realid.es), que ha colaborado con el Colegio de Titulados Mercantiles en la organización de esta jornada, ofrece servicios avanzados en la prevención del blanqueo de capitales en materia de debida diligencia para la identificación de los titulares reales. Se basa en una plataforma on line que analiza la totalidad de las fuentes de información disponible para ofrecer un informe consolidado, que incluye una calificación de riesgo y recomendaciones de actuación, lo que contribuye a que en el despacho profesional se actúe con la diligencia debida en todos sus ámbitos.

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